SARMIENTO: Declararon a Lamonega como autor del triple homicidio en fallo unánime

Los jueces resolvieron declarar al acusado como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por alevosía, tres casos en concurso real, todos agravados por el uso de arma de fuego. Respecto al caso de su ex pareja Marisa Ester Santos, se resolvió declararlo también responsable de homicidio agravado por el vínculo, por el hecho ocurrido en noviembre del 2014. (El Patagónico).

Por unanimidad, el tribunal colegiado integrado por los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando dio a conocer ayer al mediodía su veredicto por el juicio oral y público que se desarrolló en Sarmiento, contra Claudio Lamonega (50), acusado como autor de los asesinatos de su ex pareja Marisa Santos (48) y de los hijos de la mujer Lucas Ramis (15) y Victoria Ramis (17), ocurridos en esa localidad el 23 de noviembre de 2014.
En fallo unánime los magistrados resolvieron condenar al acusado como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por alevosía, tres hechos en concurso real. Con relación al homicidio de Santos, también agravado por el vínculo. Y todos agravados por el uso de arma de fuego.
En cambio, consideraron que de los medios de prueba rendidos durante el debate no permitieron superar el grado de probabilidad con respecto al agravante de violencia de género y el delito de hurto calificado. En consecuencia, dictaron la absolución en esas dos calificaciones jurídicas.
La parte acusadora peticionó la aplicación de la pena de prisión perpetua y el mantenimiento de la prisión preventiva hasta que la sentencia adquiera grado de firmeza.
En ese contexto, los jueces se retiraron a deliberar y anunciaron que el lunes 21 de este mes a las 9 realizarán la lectura completa de la sentencia.

FALLO UNANIME
En una sala de audiencias colmada con presencia de familiares, amigos y militantes de organizaciones sociales, se desarrolló así la decimoquinta jornada del juicio.
En ese marco, el juez Casal indicó que el tribunal había rechazado el pedido de nulidad, requerido por la defensa pública, con respecto a la pericia del examen mental obligatoria, efectuada por el médico psiquiatra Herminio Gonzales.
En este sentido, explicó que las peticiones y el procedimiento efectuado no habían violado las garantías individuales del imputado. También, expusieron los argumentos vinculados al rechazo de una prueba testimonial, solicitada por el imputado, durante el debate y la situación correspondiente a la infracción legal, en la que podría haber incurrido el testigo que relató que fabricó un silenciador para el padrastro de Lamonega hallado por la policía en un canal de riego junto al teléfono celular de Santos.
Con respecto a los hechos, sostuvo que para el tribunal, la materialidad fue acreditada con los medios de prueba presentados, tales como los informes de autopsia y los aportes testimoniales de empleados policiales y del área de criminalística de Fiscalía.
En tanto, sobre la autoría, los magistrados explicaron que la constatación de indicios integrados, les permitieron coincidir con las conclusiones de los acusadores.
En ese sentido, destacaron el indicio de la presencia de Lamonega en la casa de las víctimas el día de los crímenes. Esto se pudo probar, mediante la declaración del propio imputado y el testimonio de un amigo de la familia que observó la camioneta del apicultor estacionada sobre la calle Sarmiento n°445, en las primeras horas del domingo 23 de noviembre del año pasado.

Contradicciones del acusado
Los jueces también resaltaron las malas justificaciones del acusado, al momento de acudir a la comisaría horas antes del hallazgo de los cuerpos. Allí informó que desde el viernes 21 no tenía contacto con su pareja. Luego, ante el tribunal declaró que la noche del sábado 22, había pernoctado junto a ella.
En esta línea de análisis, los magistrados subrayaron la comunicación telefónica que Lamonega tuvo con una prima de Marisa Santos, a quien le manifestó: “están los cuerpos adentro”, cuando hasta ese momento, sólo se sabía del hallazgo sin vida, de una sola persona.
Los jueces, consideraron que hubo una omisión maliciosa del acusado, al no informar a la policía que su hijo le había contado que observó la Renault Kangoo de Marisa abandonada en la esquina de Perito Moreno y Uruguay.
Otras de las contradicciones valoradas fueron a partir de dos testimonios que confirmaron, que Lamonega les relató que la última vez que estuvo en la casa de Marisa controló el aceite del rodado y le dio un masaje en las piernas a Victoria.
Para los jueces, si estas acciones ocurrieron dentro de la franja horaria en la que fue grabado por las cámaras de seguridad conduciendo la camioneta de la víctima y su propio rodado, inevitablemente debió haberse encontrado a los compañeros de colegio de Lucas, que lo esperaban afuera de su casa ese domingo.
En este marco, sostuvieron que se pudo probar con el grado de certeza requerido, que fue Lamonega quien abandonó la camioneta de Marisa frente a la Escuela 82.
En este contexto, valoraron las pericias efectuadas por los profesionales del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Procuración, en los Departamentos de Informática Forense y Psicología Jurídica Forense.
En el primer caso, las pericias del informático, permitieron comprobar mediante el GPS del teléfono celular de Marisa, que el aparato había sido desactivado en el interior de la casa de la mujer el día de los crímenes.
En tanto, la autopsia psicológica forense determinó el bajo riesgo de las víctimas, la puesta en escena y confirmó que el autor de los asesinatos, no era ajeno al grupo familiar.
Por último, señalaron el amplio conocimiento que Lamonega tenía sobre el manejo de armas de fuego y la simulación de su estado emocional.

La fiscalía pidió prisión perpetua
En la etapa de debate, sobre la aplicación de la pena, la fiscal Andrea Vázquez, indicó que en función de la calificación escogida por el tribunal, la única pena prevista por el Código Penal, es la aplicación de prisión perpetua.
En tal sentido, mencionó que los extremos de interés a considerar, deben ser la violencia desplegada y la pluralidad de víctimas. También mencionó la actitud del imputado, antes y luego de los crímenes.
Asimismo indicó que Lamonega -recorredor especializado de yacimientos petroleros- poseía coeficiente intelectual elevado que le permite comprender sus actos. Sobre la extensión de daño causado resaltó que exterminó a un grupo familiar, en el que no quedaron descendientes.
En consecuencia, solicitó al tribunal la aplicación de la prisión perpetua. Así al concluir el debate sobre la pena, el tribunal se retiró a deliberar y convocó a las partes para el lunes 21 de este mes donde informará la pena que deberá cumplir el condenado.