Apelaron un juicio en una condena por abuso sexual planteando el estado de “indefensión” del imputado

Se trata de la condena a Marcelo Damián Díaz, condenado a 5 años de prisión el 20 de abril pasado por el Tribunal de Juicio de la ciudad de Río Grande.

A Díaz se lo acusó de haber manoseado y besado en un número indeterminado de veces a una menor de edad con la que convivió entre los años 2011 a 2017.

A días de realizarse el juicio hubo un cambio de representación legal, renunciando a su abogado particular y designándosele un defensor oficial, ante lo cual la Defensoría Pública designó al Dr. Marcelo Scola, quien lo representó en el juicio.

Concluido el juicio Díaz fue condenado a 5 años de prisión y detenido para dar inicio al cumplimiento de la pena, ante lo cual contrató un nuevo abogado, el Dr. Francisco Giménez quien presentó la casación del fallo ante el Superior Tribunal de Justicia.

Gimenez planteó “la violación a la garantía de la defensa eficaz” , “ya que el Defensor Oficial asignado no tuvo tiempo suficiente para analizar el caso de manera exhaustiva y poder diseñar una estrategia de defensa adecuada ya que asumió su defensa un día antes del juicio”.

Si bien el demandante dejó a salvo “la profesionalidad, capacidad y dedicación a su trabajo de parte de todos los colegas integrantes de la Defensoría Pública de Río Grande”, señaló que es grave “haberse privado al imputado del tiempo necesario para la debida preparación del juicio, per se ya habilita a afirmar la violación al derecho de defensa”, planteó

En ese sentido el letrado pide la anulación del juicio y sobreseimiento del imputado.

Subsidiariamente la casación planteó que “el abuso sexual por el que se condenó a mi defendido dista de estar legalmente acreditada, no traspasando la frontera de meras conjeturas ya que la prueba analizada de modo integral, como se hizo en los párrafos precedentes, lleva al razonamiento inverso; al menos, no se destruye acabadamente el principio de inocencia, y no se alcanza la plena certeza, al dejar serias dudas sobre la existencia de los hechos. No cabe duda que el principio de la duda razonable es en este caso destruido, y no hay un razonamiento que sea claramente destinado a lograr precisión sobre los hechos”, razonó.