PTA. ARENAS: Dejan tras las rejas a joven que infringió cuatro veces el toque de queda en solo 23 días

Fabián Maldonado Vargas ya había sido arrestado el 31 de julio, el 9 y 15 de agosto, siendo formalizado en esta última fecha, instancia en que quedó con arresto domiciliario nocturno, medida cautelar que también incumplió. (El Pingüino)

No era la primera ni la segunda vez que Fabián Alejandro Maldonado Vargas era detenido por andar transitando en la vía pública en horario de toque de queda, sino que con ésta ya era la cuarta vez en solo 23 días, situación que fue considerada por la justicia al momento en que debió enfrentar la respectiva audiencia de formalización.

El control de detención se llevó a cabo minutos antes de las 13 horas de ayer, instancia en que el fiscal Sebastián González dio cuenta de los antecedentes de la aprehensión y a la vez describió los hechos que acontecieron a las 4.30 horas del domingo, cuando funcionarios de Carabineros que efectuaban un patrullaje preventivo recibieron un comunicado radial para verificar a dos individuos, entre ellos el joven de 23 años, quienes merodeaban los domicilios de la población Kawésqar.

Una vez en el lugar, fueron sorprendidos por la Fuerza Policial lo que motivó a que ambos huyeran en diferentes direcciones, iniciándose una persecución a pie, momento en que el imputado intentó saltar un cerco de alambre, sufriendo una caída provocándose lesiones, lo que fue aprovechado por los carabineros para retenerlo y realizarle un control de identidad.

Tras exigirle el documento respectivo o salvoconducto que lo autorizara a estar en la vía pública a esa hora, él manifestó no tenerlo por lo que se procedió con su detención.

Debido a lo anterior, por infringir la prohibición de salir entre las 23 y las 5 horas, poniendo en peligro la salud pública, el persecutor solicitó al magistrado Franco Reyes decretar la medida cautelar más gravosa, es decir, la prisión preventiva, develando que ésta era la cuarta vez que era aprehendido por el mismo ilícito, habiendo sido arrestado el pasado 31 de julio, a las 0.20 horas; el 9 de agosto, a la 1,37 horas; y el 15 de agosto, a las 3 horas.

Un peligro para la sociedad

Argumentó además que la sanción de este delito se ve reforzada con la Ley 21.240, que entró en vigencia el pasado 20 de junio, que establece una figura calificada de peligro concreto en el artículo 318 del Código Procesal Penal.

No obstante con eso, el fiscal sostuvo que Maldonado Vargas también incumplió con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que le fue impuesta cuando fue formalizado hace nueve días, tras infringir por tercera vez el toque de queda. Asimismo, registra tres procesos pendientes, recientemente, el 20 de abril de este año, había sido sentenciado a una pena de 150 días de reclusión, y además en su prontuario delictual se indicó que fue condenado en Puerto Aysén a una pena de 3 años y un día. Por todas estas consideraciones y la conducta refractaria del imputado, el Ministerio Público estimó que su libertad resultaba ser peligrosa para la seguridad de la sociedad.

No existe conducta lesiva

Pese a que el defensor Leonardo Vallejos intentó abogar el hecho de que no existiría una conducta de lesividad de su representado, calificando como desproporcionada la medida de enviarlo a la cárcel, ya que en este delito no existiría riesgo alguno para la sociedad, el juez de Garantía ponderó los antecedentes expuestos por el fiscal, ordenando el ingreso de Fabián Maldonado Vargas al Complejo Penitenciario de Punta Arenas, y estableciendo un plazo de 30 días para sustentar la investigación.