PTA. ARENAS: Justicia impone 12 años de cárcel a depravado que vendaba ojos a su pequeña hija para violarla
Ayer a las 16 horas, se realizó la audiencia de lectura de sentencia en el Tribunal de Juicio Oral de Punta Arenas.
Los jueces Guillermo Cádiz Vatcky, Jovita Soto Maldonado y Luis Álvarez Valdés, impusieron la pena de 12 años de cárcel para R.A.G., como autor del delito de violación impropia reiterada. “Para arribar a la decisión, el tribunal ha tenido en consideración el mérito de la prueba testimonial, documental y pericial incorporada por el Ministerio Público y a la que adhirió la parte querellante y acusadora particular, elementos de convicción que han sido de una entidad suficiente para tener por acreditada la existencia del ilícito en carácter de reiterado aludido precedentemente, como asimismo la participación culpable y penada por la ley por parte del acusado”, indica el fallo, el cual además alude a que se acogió la agravante de parentesco.
La sentencia suma además las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa en su calidad de autor del delito reiterado de violación que afectó la niña menor, cometido en la ciudad de Punta Arenas durante 2010 a 2012. “Se le condena además a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad. Queda privado el sentenciado de la patria potestad si la tuviere o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere y además de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida de sus ascendientes y descendientes. Se le condena también a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; y a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena”, concluyó la sentencia.
En representación de la víctima, a cargo de la abogada Claudia Guerrero del programa de Representación Jurídica, organismo colaborador del Sename y querellante, se mostró conforme con la sentencia. “El tribunal decidió aplicar una pena que para nosotros es satisfactoria de acuerdo a los hechos que se pudieron ventilar en el juicio. Hay que analizar la ponderación que realizó el tribunal para llegar a esa penalidad, ya que el delito de violación impropia puede ser castigado con penas de hasta veinte años que era lo que como querellante pedimos. Sin embargo hay que considerar alegaciones de la defensa de atenuantes. Estamos conformes, porque el imputado tendrá que cumplir de manera efectiva”.
La querellante señaló además que “lo más importante para una niña víctima es que se le crea en cuanto a lo que le pasó y haya una sentencia penal. La reacción de la familia es de conformidad con el resultado del juicio, pero no es una situación de felicidad, ya que es un paso dentro de un proceso de reparación que le va a llevar a ella toda su vida. Para ella este es un paso importante, al existir una sentencia penal que confirme que ella efectivamente padeció estos sucesos por parte de su progenitor”.
Otra de las circunstancias de credibilidad de los hechos comentó la querellante, es que mientras el acusado se encontraba viviendo en Quilpué, fue denunciado por un hecho similar. “Durante el juicio se entregaron antecedentes ajenos y que la víctima no tendría por qué conocer una denuncia en otra ciudad, donde se denunció al condenado por delito de similar característica utilizando la misma forma de cometer la agresión sexual. Fue la Policía de Investigaciones que encontró estos antecedentes mientras intentaban ubicar al imputado, esto fue lo que se expuso en el juicio, que el acusado también habría vendado los ojos de su otra víctima en la otra ciudad para cometer una agresión sexual”.
La acusación del fiscal Fernando Dobson da cuenta que los hechos se habrían producido entre 2010 y 2012, mientras la víctima visitaba a su padre biológico, ahora imputado por este delito, quien residía en esa época en Punta Arenas.
El primer hecho investigado por la Fiscalía y la Brigada Investigadora de Delitos Sexuales de la PDI, da cuenta que ocurrió cuando todos dormían, y el padre le dijo a su hija que tenía que llevarla al living porque había ensuciado la cama. En esos momentos le bajó la ropa y la violó.
En otra ocasión, mientras que la víctima visitaba a su padre biológico, nuevamente la atacó sexualmente, obligándola a realizarle sexo oral tras vendarle los ojos. Tras ello, en otro domicilio que compartía con su nueva pareja, le ordenó a la niña irse a acostar temprano. Ahí fue que la acompañó al dormitorio y abusó de ella. Un cuarto hecho se concretó cuando la niña visitó a su padre en la casa de su abuela paterna y el imputado nuevamente le vendó los ojos, y le obligó a realizar sexo oral.
La abogada defensora Constanza Hernández quien buscó la absolución de su representado, a la salida de la audiencia señaló que tiene que estudiar el fallo junto a su cliente para determinar si presenta recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones.