PTA. ARENAS: En libertad cumplirá condena el responsable de mortales quemaduras de abuela
Si bien el fiscal Oliver Rammsy llevó a juicio al acusado por un cuasidelito de homicidio (muerte por un actuar accidental o negligente), el Tribunal Oral en lo Penal determinó que el cuidador de la víctima sólo tiene responsabilidad en las lesiones, y no en el deceso, por lo que fue castigado con una pena de 300 días de presidio menor. No obstante, según consigna la sentencia, “por concurrir los requisitos legales, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta en el acápite I de este fallo, por la de remisión condicional por el término de un año”.
Además, lo resuelto, no dio lugar a la figura que planteó el Ministerio Público respecto del fallecimiento, absolviendo a Escobar del cuasidelito de homicidio.
Es propio señalar que el 16 de septiembre del 2016, el imputado trasladó a la mujer al baño de la residencia para adultos mayores (ubicada en calle Covadonga Nº66 en Punta Arenas), para un aseo rutinario, sin prever que, dada la condición médica de la señora Callahan, la temperatura del agua era un tema relevante a considerar, siendo puesta bajo la ducha caliente, lo que provocó quemaduras en diferentes partes de su cuerpo.
Tras ello, en un actuar negligente, el imputado no habría dado los cuidados pertinentes a dichas lesiones, ni habría informado a quien correspondía lo sucedido, agudizándose las heridas en la abuela, mujer que sufría demencia senil y ceguera, siendo sólo la providencial visita de un equipo del consultorio Mateo Bencur lo que permitió brindar auxilio a la mujer, la que fue trasladada al Hospital Clínico, recinto donde, pese a todos los esfuerzos, y tras una extensa agonía, falleció el 12 de octubre del mismo año.