El allanamiento en Río Grande por pedofilia del 7 de mayo fue parte de un operativo internacional con otros 32 procedimientos
Semanas atrás informábamos del procedimiento que tuvo lugar en un domicilio del casco viejo de la ciudad donde se incautaron equipos informáticos y se vinculó a un menor de edad al hecho.
El procedimiento del 7 de mayo pasado fue parte de la denominada “Operación Internacional Aliados por la Infancia III” en la que se llevaron a cabo un total de 33 allanamientos conjuntos y coordinados en todo el país, y 7 países del continente americano y europeo.
La operación se realizó con el fin de desbaratar redes de transmisión y producción de material de abuso sexual infantil, que se encuentran operando en todo el mundo, impulsada por las autoridades de la Embajada de Estados Unidos en Argentina, el U.S. Department of Homeland Security de Estados Unidos y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.
Ambas instituciones cooperan mutuamente para combatir la explotación sexual de menores a partir de la utilización del sistema de investigación estadounidense “Internet Crimes Against Children Child On-line Protection System (ICACCOPS)” y “Child Protection Sistem (CPS)”.
La investigación derivó en objetivos ubicados en la provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Fe, Tucumán y un último en la ciudad de Río Grande. Además, su alcance trascendió fronteras, extendiéndose a 7 países: Alemania, Costa Rica, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y República Dominicana.
En el procedimiento a nivel local la medida la ejecutó el Juzgado de Instrucción N° 1 del Distrito Judicial Norte, a cargo de la Dra. María Rosa Santana, secuestrándose 8 notebooks, 15 celulares y 3 dispositivos de almacenamiento, los cuales serán posteriormente peritados por personal técnico idóneo.
En el domicilio allanado en el pasaje Julio Popper de esta ciudad reside un hombre que trabaja fuera de la misma, por lo que inicialmente la investigación habría determinado que el intercambio de material vinculado a pornografía infantil tendría como responsable a su hijo menor de edad que tenía acceso a esos dispositivos. De igual manera en el marco de la causa está notificado de derechos y garantías el hombre que es titular del IP (dirección electrónica) de la conexión de internet de dicho domicilio.