“La conducta de Sopena no fue lo determinante en el resultado lesivo” dijo la defensa para pedir la absolución

El lunes se conocerá el veredicto por el juicio al conductor de la tragedia del joven estudiante Santiago Liquin. Su defensa pidió la absolución.

El abogado Fernando Lapadula señaló en su alegato, “no podemos juzgar la conducta con el diario del lunes, con el resultado, las presuntas violaciones del deber de cuidado, cuando no hay acuerdo de como sucedieorn las cosas, no es indistinto el modo, la mecánica del hecho y como cruzaron los jóvenes”.

“No se pudo probar que cruzaron desde el carril ascendente, si se encuentra probado que cruzaron desde la vereda contraria y saltaron sin percatarse que venía el automóvil”, dijo en base solamente a los dichos de su defendido.

En ese sentido mencionó el único punto fuerte a su favor que es en el informe de la forense Aparici que da cuenta de la lesión en el pie derecho de Matías Berger, “rozado cuando lo levantó para cruzar la calle, que el golpe fue del lado derecho. Las lesiones en el pie, la fractura del quinto metatarsiano solo pudo ser por golpe directo, que fue del auto, y el lado opuesto es de arrastre, lo que deja como única posibilidad que la fuerza proviene del lado derecho”, dando sostén a la versión del imputado.

Allí agregó que no estarían presentes los dos agravantes en la conducta del imputado, “no estaba borracho no venía con un celular, no los vio por el lado derecho por que nunca fueron por ahí”, dijo, descartando respecto del test de alcoholemia positivo, “0.32 estaba por debajo de lo que preveía en ese momento la Ley Nacional de Tránsito, sólo regulaba a cero una ordenanza lo que es una falta local”.

En cuanto al exceso de velocidad, “No se tiene acreditado se usaron 2 métodos, el de desaceleración y el de proyección del cuerpo embestido”, dijo, agregando, “el punto de impacto tiene un rango de metros, no es preciso, y acá se calculó que la proyección del cuerpo si se tomaba un punto medio da 61 k/h y a menos distancia puede dar hasta 58 k/h por debajo del máximo permitido”.

“No se pueden dar los dos agravantes y por eso solicito la absolución del imputado, a lo cual subsidiariamente pidió que se tenga en consideración en caso de una eventual condena al mínimo de la pena por la responsabilidad concurrente de las partes”, dijo el abogado planteando que posiblemente los jóvenes estaban en estado de ebriedad cruzando por un lugar indebido.

El Tribunal de Juicio dispuso pasar a un cuarto intermedio para el lunes con las últimas palabras del imputado y el veredicto.