PTA. ARENAS: Confirman prisión para imputado de violar y prostituir a niña de 12 años
La primera sala del tribunal de alzada aprobó de forma unánime la resolución emitida por el Juzgado de Garantía. (El Pinguino)
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó la apelación presentada por la defensa en contra de la decisión que dejó en prisión preventiva a J.A.N.J., quien aparece imputado por los delitos de violación impropia y promoción o facilitación de explotación sexual de menores, ilícitos perpetrados el año pasado en la capital regional.
La primera sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Caroline Turner González, Juan Villa Martínez y el fiscal judicial Pablo Miño,confirmó la decisión del Juzgado de Garantía de Punta Arenas que resolvió la cautelar de prisión preventiva para el imputado.
El fallo plantea que la defensoría ha sido contradictoria e inconsistente en la formalización de la apelación respecto de las alegaciones que ha hecho en defensa de la libertad de su representado, lo que obliga al tribunal a deducir si se ataca la concurrencia de los presupuestos de las letras a) o b) del artículo 140 del Código Penal, ya que el discurso ha ido dirigido a un cuestionamiento de los hechos y de la investigación.
Para el tribunal de alzada, “lo anterior no guarda relación con la solicitud planteada en estrados de que se aplique una medida cautelar alternativa al imputado, toda vez que ello significa reconocer la concurrencia de los requisitos antes mencionados, lo que permite concluir que no existe coherencia en las peticiones formuladas”.
Por otro lado, se destaca que las afirmaciones de la defensa no se refieren an un debate de medidas cautelares, sino a cuestiones fundamentales relacionadas con el juicio oral, donde se deberá presentar la prueba que será ponderada para dilucidarlas.
“(…) los argumentos expuestos por la defensa en estrado no permiten alterar los fundamentos contenidos en la resolución en alzada -que esta Corte comparte y hace suyos-, teniendo presente, además, la naturaleza de los delitos formalizados, la pena asignada a los mismos y la entidad del bien jurídico vulnerado, todos los cuales analizados en su conjunto permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, resultando plenamente procedente la medida cautelar decretada, por cuanto no se advierte que medidas cautelares de menor intensidad resulten idóneas para cautelar suficientemente los fines del procedimiento y particularmente la seguridad de la sociedad y la víctima”, concluye.
Según el ente persecutor, en fechas indeterminadas, entre enero y marzo de 2023, el imputado tomó contacto con la víctima, una menor de 12 años, que se encontraba en una residencia de protección, a través de redes sociales (Grinder e Instagram), acordando en más de una oportunidad, en pleno conocimiento de su condición vulnerable y edad, reunirse para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero u otras formas de compensación.
En ese contexto, la niña salía de la casa para encontrarse con el imputado, quien luego la abusaba. Además, J.A.N.J. apoyó y permitió que otros adultos explotaran sexualmente a la niña.