Tribunal justificó la existencia de Violencia de Género en el propio testimonio de la víctima tratando de exculpar a su agresor
Se conocieron los fundamentos de la condena a 7 años de prisión para el joven Lucas Matías Ortíz Zabala, por la violenta agresión a su novia y a otro hombre el 24 de mayo del año pasado.
Los jueces del Tribunal de Juicio actuantes en el caso determinaron como supuesto motivo “celos” que el sujeto habría manifestado, por los que se retiró de una fiesta con su novia a la que agredió brutalmente en su domicilio, tras lo cual luego volvió al lugar para terminar causando daños y agrediendo a otro hombre.
Los hechos cuentan con abundante prueba testimonial y material del hecho, siendo lo destacado como el tribunal utilizó en contra del imputado el propio testimonio inverosímil de su víctima, la joven novia agredida, la cual en todo momento intentó exculparlo de lo sucedido.
El juez Bramatti sostuvo que “la violencia de género radica esencialmente en el desprecio hacia la mujer por el hecho de serlo, en considerarla carente de derechos, en rebajarla a la condición de objeto susceptible de ser utilizado por cualquiera”. Además destacó los rasgos de victimización en el sometimiento, en lo que hace a las atribuciones que le otorgó al imputado (que la insulte, la amenace y hasta la golpee).
Asimismo consideró la conducta de la víctima “claramente impregnada con los rasgos propios de quien resulta ser víctima de casos conceptualizados como Violencia de Género”, en razón que se vio presionada para firmar la denuncia por su propia madre, a los días intentó retirarla y luego «mintió durante el juicio».
“Entendemos que la retractación de la víctima sustentada en un relato falaz, queda asimilada a ese contexto específico y a esa situación de subordinación y sometimiento, basada en una relación desigual de poder”, sostuvo el juez Eduardo López en su voto, considerando esa declaración testimonial exculpatoria, de la propia víctima hacia su victimario, un reflejo y efecto de la Violencia de Género sufrida.