Tribunal brindó los fundamentos en la condena a 20 años para padre que -junto a su pareja- abusó de su hija biológica
El Tribunal de Juicio Oral emitió los fundamentos del juicio y condena el mes pasado, contra N.O. y G.A. la pareja condenada a 20 y 12 años de prisión por el abuso sexual en seis episodios de la hija biológica del primero de ellos.
En los fundamentos llevados a cabo por el Dr. Eduardo López, a los que adhirieron el juez Daniel Borrone y la subrogante Natalia Buitrago; se consideró probada la participación de tanto el padre de la menor, como su pareja de ese entonces, de nacionalidad dominicana, en seis episodios de abusos sexual entre los años 2014 y 2016, entre sus 11 y 13 años de edad.
La menor sufrió seis episodios de abuso, uno en el domicilio de su padre y los cinco restantes en el domicilio de la imputada, con participación de la misma en tres hechos y omisión de la misma en los restantes.
Los jueces consideraron los informes periciales que atribuyeron veracidad a los dichos de la menor, los cuales consideraron sólidos, y además apuntalados por su entorno afectivo inmediato, hermano, madre y amigas, respecto de como fue relatando lo sucedido recién a finales del 2017, cuando se radicó la denuncia.
En esa cabe recordar que la menor aseguró que le era suministrada la “pastilla del día después” luego de cada abuso sexual sufrido, considerando los especialistas la existencia de rastros en la psiquis de la menor, propios de semejante pos trauma.
Asimismo se dio credibilidad a sus dichos respecto de amenazas sufridas que la mantuvieron en silencio más allá de un año después de finalizados los abusos al caer su padre en prisión, dada la naturaleza violenta de N.O. a partir de antecedentes penales que ya poseía por ese entonces.
Desacreditaron versión de los imputados
Asimismo los jueces consideraron endeble la postura de descargo de los imputados, negando las acusaciones, buscando mostrarse como un padre presente y estricto en la conducta de sus hijos.
En ese sentido N.O. intentó esgrimir en su defensa que la acusación de abuso sexual fue realizada por dos motivos; uno que la madre de la menor quería intentar volver a formar pareja con él siendo rechazada, y la segunda que la menor había quedado embarazada de su novio y que ante ello tenía temor de la represalia paterna ante la posibilidad de salir de prisión, donde estaba cumpliendo pena por un robo.
La madre de la menor desmintió el intento de retomar relación con N.O. y en cuanto a la situación de embarazo de la menor mientras el imputado estaba en prisión, los jueces concluyeron que ese era un “argumento endeble”.
Y es que precisamente la denuncia fue radicada el 27 de diciembre de 2017, y la menor empezó a cursar su embarazo recién en febrero de 2018, lo que descarta ese argumento de descargo del condenado.
Incluso los jueces concluyeron “una persona de la edad y características de la víctima no se encuentra en condiciones de emprender y sostener esta suerte de cacería judicial que nos quieren presentar, es impensable que haya podido engañar a jueces, peritos, fiscales y policías”, finalizando respecto de la coartada de los imputados, “todos los testigos declararon en sentido contrario, y la prueba es ajena a sus relatos”.
Ahora a casación
Ahora a partir de estos fundamentos las defensas de ambos condenados cuentan con todos los términos del veredicto a fin de poder rebatirlos en una casación que llevará la causa ante el Superior Tribunal de Justicia.
Esta casación hace que la condena no quede firme hasta que el máximo tribunal resuelva, y en caso allí de confirmar la sentencia, recién allí la mujer condenada comenzará a purgar la pena de prisión de manera efectiva.
El imputado N.O. ya está en prisión ejecutando la condena con una de anterior cumplimiento que fue unificada en un total de 24 años.