Condena a dominicanos con pena de prisión e indemnización; “se le brinda un mayor papel a la víctima”

El Tribunal de Juicio Oral dio a conocer los fundamentos del juicio por el cual el mes pasado fueron condenados a 6 años de prisión y a pagar un resarcimiento económico de 380 mil pesos a su víctima, los imputados; Rony Miguel Rodríguez Parra de 23 años, su padre Rony Leonardo Rodríguez Rosario de 63 y Robin Joel Bonilla Minaya de 23.

 
Inicialmente estos imputados y la víctima llevaron al juicio una propuesta de una indemnización para evitar dicho proceso, lo cual fue rechazado por el tribunal, fundamentando ahora que “no es lo mismo la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados en un delito patrimonial que por uno grave contra la vida como el que juzgamos, donde una indemniazación no puede ni debe desechar a sanción penal de los responsables”.
 
Pero en el veredicto además de la condena a prisión, el tribunal dispuso también el pago del monto indemnizatorio propuesto a la víctima en 380 mil pesos, “es viable” por que “durante el debate todas las partes fueron escuchadas, no obstante que no se ejerció la acción civil”, dijo el tribunal.
 
“La reparación integral del daño le brinda un mayor papel a la víctima”, sostuvieron.
 
Dolo homicida
El hecho juzgado correspondió a una persecución automovilística en la que los imputados dispararon con armas de fuego contra el auto en el que escapaba la víctima, dando uno de esos disparos en la cabeza de Luis Haro, quien no murió de milagro.
 
Tras esto el auto en que la víctima escapaba con otro sujeto que conducía el auto, chocaron contra otro vehículo, y los imputados se fueron del lugar. Lo cual la defensa utilizó como una causal de excusa por “desistimiento voluntario” de la acción criminal.
 
Los jueces señalaron que “el medio utilizado –armas de fuego- es apto para causar la muerte” y que “no lo pudieron concretar por causas ajenas a su voluntad”, entendiendo “la insistencia y reiteración de la acción ofensiva durante la persecución”.
 
En el último punto en el que se produce el accidente en el que queda la víctima, entendieron que “no cesaron voluntariamente, huyeron debido al accidente de tránsito y ante el inmediato auxilio de los vecinos”, sostuvo el tribunal en el decisorio que encabezó el juez Borrone, y al que adhirieron los jueces Eduardo López y Martín Bramatti.