NEUQUÉN: Declararon culpable al acusado de violar e intentar matar a su sobrino de 3 años en Plottier

Un jurado popular tomó la decisión por unanimidad. Los cargos que se le imputaban eran los de tentativa de homicidio y de abuso sexual con acceso carnal, agravado por las lesiones causadas. El aberrante hecho ocurrió en la Navidad de 2018. (lmneuquen)

“Estoy conforme porque se está haciendo justicia. Es lo que esperaba”, expresó Eliana, la mamá del nene de 3 años, quien fue víctima de violación e intento de homicidio por su tío durante la Navidad de 2018 en Plottier. Con entereza e impotencia que se dejaban entrever en su rostro y en sus palabras, la mujer celebró el veredicto de culpabibilidad del jurado popular.
 
Con remeras con los rostros de los dos niños que fueron víctimas de abuso y una leyenda que pedía perpetua para su hermano, Eliana escuchó atentamente las palabras del jurado popular que sentenciaron, por unanimidad, al acusado.
“El juicio fue muy duro. Vi muchas cosas que me shoquearon”, sostuvo la mujer. Además, destacó que su hijo está bien, bajo tratamiento psicológico, y que ella trata de ser fuertes por sus hijos. “Yo ahí, tratando de superar todo esto, pero bien”, expresó.
 
Comprende la criminalidad
Por la mañana, durante los alegatos de cierre, el fiscal jefe Agustín García pidió al jurado popular que el hombre sea declarado culpable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por las lesiones causadas al niño y por tentativa de homicidio.
“Acá ocurre algo particular”, manifestó García y explicó que, en este juicio, las partes acordaron sobre la materialidad del hecho y la autoría del acusado.
“El 25 de diciembre en Plottier, luego de haber celebrado la Noche Buena, el hombre mantuvo una discusión, sustrajo al niño que estaba durmiendo y lo trasladó a dos cuadras, al fondo de la vivienda donde lo atacó”, relató el fiscal y recordó que, a raíz del ataque, el niño sufrió múltiples golpes, heridas compatibles con abuso sexual y un corte en el cuello que pudo haberle causado la muerte de no haber intervenido su madre y el resto de sus familiares cuando se percataron que se lo había llevado.
“Todos los psiquiatras coincidieron que, si bien el acusado tiene un retraso mental, comprende la criminalidad del hecho, que dirige sus acciones”, sostuvo García y solicitó que sea declarado culpable. A ese pedido adhirieron la defensora de los derechos del Niño y el Adolescente, Natalia Stornini y el querellante Marcelo Hertzriken Velasco, quien recordó que el acusado ya había sido condenado por abusar de otra sobrina de 2 años. “Era lo que esperábamos, que se hiciera justicia. Vamos a ir por una pena superior a los 20 años dados los detlitos”, expresó el querellante.
Imputabilidad disminuida
El último en alegar fue el defensor oficial Raúl Caferra, quien sostuvo que “hay cosas que no discutimos, es innegable que este hecho existió y que el acusado fue el autor, también que es un hecho aberrante y que al niño se le provocaron heridas de consideración”. En esta línea, Caferra insistió en que el acusado “no solo tuvo una vida desafortunada, sino que además tiene una deficiencia mental”.
“No estamos diciendo que no deba pagar por lo que hizo, que deban tenerle lástima. Hay antecedentes en la provincia en los que se ha declarado la imputabilidad disminuida”, explicó el defensor y agregó: “Antes fue condenado a 8 años por un hecho similar, lo que muestra que hay una patología. El acusado no tuvo tratamiento porque no lo hay para nadie”.
Por ello pidió al jurado que declare al acusado “responsable con imputabilidad disminuida” y luego explicó a LM Neuquén que “la imputabilidad es la capacidad de ser culpable, la cual puede faltar por completo o parcialmente por distintas razones como se da en este caso por una deficiencia mental”.
Otra de las cuestiones que destacó el defensor es que “hay que pensar en lo poco que ha hecho el Estado por él, por qué el acompañante domiciliario que le habían puesto se lo sacaron a los cuatro meses cuando en realidad en ese tiempo funcionó bien”.
“Tenemos que resolver qué se va a hacer con él, ¿lo vamos a poner de vuelta en una cárcel de la misma manera que la otra vez para que salga igual que la vez anterior? Hay que requerir que se adopte una medida de seguridad que lo trate y que también evite que en el momento en que salga de nuevo corra peligro otra vez la sociedad”, concluyó Caferra en sus alegatos.
Sin embargo, al dar las instrucciones, no se aceptó que “el jurado se expida respecto a la posible imputabilidad disminuida”, por lo que la decisión fue si el acusado era culpable o inocente. “En nuestra opinión las instrucciones impidieron que el jurado resuelva la única discusión”, resaltó Caferra.