PTA. ARENAS. Incertidumbre en aeropuerto Carlos Ibañez del Campo por aviso de bomba
Cargos por infracción al artículo *268 bis del Código Penal y/o desordenes públicos, formalizó hoy (30 de mayo) la Fiscalía en contra de J.P.S.M. sujeto de 22 años, que la noche de este miércoles fue detenido tras aludir la presencia de una bomba en su equipaje. De acuerdo a lo expuesto por la defensa, él nunca dio aviso de algún elemento explosivo, sólo habría preguntado si podría transportar una bomba en su equipaje.
Un plazo de 45 días se fijaron este mediodía para que el Ministerio Público recopile los antecedentes de lo sucedido anoche en el Aeropuerto Carlos Ibáñez del Campo, cuando -según lo expuesto en audiencia- el imputado aludió al personal del mesón del ‘chek in’ en el terminal una supuesta duda sobre si podía o no llevar una bomba.
De acuerdo a la declaración dada por el personal a la policía, se le habría dicho al sujeto que eso no era un tema para bromas, activando el protocolo de seguridad establecido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), terminando todo con el pasajero detenido y el aeropuerto evacuado en su totalidad.
A juicio del fiscal jefe de Punta Arenas, lo sucedido provocó alarma pública, retrasos en vuelos y cabe dentro de la infracción penal referente a la materia, hecho en el cual el imputado tendría calidad de autor consumado.
Tras la formalización de la investigación J.P.S.M. recuperó su libertad, aunque quedó con prohibición de abandonar el país mientras dure la investigación.
*Artículo 268 bis.- El que diere falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública a los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, incurrirá en la pena de reclusión menor en su grado mínimo.