PTA. ARENAS: Diez años de cárcel a abuelastro que abusó y violó a nietos de su pareja
En medio de un abrazo entre los familiares de tres víctimas se dio a conocer la tarde de ayer la lectura de sentencia en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, respecto a un imputado de iniciales J.D.C.C., que debió enfrentar un juicio tras ser acusado por el Ministerio Público como autor de los delitos de abuso sexual y violación impropia en perjuicio de los nietos de su pareja, todos ellos menores de edad, siendo condenado a la pena de diez años y un día de cárcel efectiva.
Los hechos ocurrieron entre los años 2007 a 2013, en circunstancias en que el acusado mantenía una relación de convivencia con una mujer, en el barrio 18 de Septiembre, instancia en la que procedió a abusar sexualmente de los nietos de su pareja, aprovechándose de que los menores acudían al domicilio a visitar a su abuela.
La primera víctima era una menor de edad a quien abusó sexualmente cuando ésta tenía seis años de edad, en el año 2012. De igual forma, al sujeto se le acusa de abusar de otra menor, a quien le daba besos en la boca, señalándole que jugaran a ser pololos. Finalmente, el tercer afectado fue un niño, de 7 años, quien en épocas indeterminadas al interior del domicilio del imputado, fue llevado hasta la habitación del victimario, lugar donde lo violentó sexualmente.
Respecto a una cuarta víctima, los magistrados resolvieron absolver a J.D.C.C., al estimar que la prueba rendida no fue suficiente para establecer la existencia de los hechos que se le atribuían.
En este sentido, el fiscal Fernando Dobson se manifestó conforme debido a la sanción impuesta asegurando que se trata de hechos de antigua data, los que se denunciaron en 2014.
“Lamentablemente en estos casos, el Tribunal tuvo que escuchar a las víctimas quienes relataron de manera directa cómo fue que ocurrieron los hechos. Esos testimonios sumados a los testigos familiares, las pruebas psicológicas, y con prueba que la propia defensa aportó para demostrar cierto perfil de personalidad del acusado fueron elementos importantes a la hora de que el Tribunal tomara su decisión, como también los dichos del propio imputado quien negaba los cargos”.