PTA. ARENAS: Encarcelan a pareja luego de robar en vivienda
En la audiencia, la fiscal Romina Moscoso detalló los hechos que ocurrieron a la 1,30 hora del miércoles, instancia en que los imputados identificados como Alejandro Jonatan Rojas Cárdenas, de 29 años; y Marussia Aurora Ojeda Ruiz, de 22, concurrieron hasta un domicilio ubicado en calle Comandante Bynnon, donde traspasaron la reja perimetral y quebraron el vidrio de una ventana accediendo al interior de la vivienda de propiedad de la víctima de iniciales G.C.M., donde sustrajeron artículos electrónicos, prendas de vestir, electrodomésticos y joyas. Asimismo, mantenían en bolsas otras pertenencias que estaban listas para ser retiradas. Al llegar los propietarios del inmueble se encontraron con la acusada Ojeda Ruiz, quien al verlos los habría amenazado con un cuchillo, señalándoles: “si no me dejas salir, te mato”, provocándoles temor a los residentes, quienes le permitieron la salida a la mujer.
Ante esto fueron detenidos por personal de Carabineros, quienes fueron alertados por una vecina que advirtió la presencia de un sujeto que transitaba por fuera de su vivienda con unas bolsas, el cual se mantenía en una esquina cuando su compañera se encontraba al interior de la casa, el que al percatarse de las balizas de Carabineros arrojó las bolsas a la vía pública para luego salir corriendo del lugar, siendo aprehendido posteriormente.
Luego de que la persecutora penal terminara la formulación de cargos, la imputada renunció a su derecho a guardar silencio, manifestando: “cuando yo estaba dentro del domicilio y llegó la persona, en ningún momento los forcé ni les dije que los iba a matar. Lo único que les dije fue que sabía que me había mandado una ‘cagá’ (sic), pero que me dejara salir. Me dijeron que no y yo me quedé ahí, pero en ningún momento le saqué un cuchillo. Admito que yo andaba con un cuchillo, pero jamás los amenacé si no me dejaban salir”.
Bajo este tenor, la fiscal Moscoso le solicitó al magistrado Juan Villa la imposición de la medida cautelar de prisión, dando a conocer los testimonios de las víctimas como el de la vecina que atestiguó los hechos, esgrimiendo que la necesidad de cautela se fundamentaba en que este delito contempla una pena de crimen, además de la agravante de actuar como una asociación de personas, como también las múltiples condenas anteriores por ilícitos contra la propiedad que registran ambos individuos, asegurando que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de los afectados.
No obstante, la abogada defensora Vania Cáceres se opuso a lo pedido por la representante del Ministerio Público, arguyendo principalmente que en el caso de su representado no era posible que existiesen antecedentes concretos que justificaran que éste participara en el hecho, debido a que su detención sólo se gestó de acuerdo a la versión de la testigo.
Sin embargo, el juez de garantía dio a lugar a lo pedido por la parte persecutora, enviando a prisión a Ojeda Ruiz y Rojas Cárdenas, estableciendo un plazo de 80 días para el cierre de la investigación.