PTA. ARENAS. Dos colombianos y un chileno fueron enviados a prisión tras amenazar a un taxista con pistola a fogueo
Un confuso incidente ocurrido durante la madrugada de ayer en pleno centro de Punta Arenas movilizó a múltiples patrullas de Carabineros, logrando detener a tres individuos que presuntamente habrían amenazado con un arma de fuego a un taxista.
Los hechos acaecieron a eso de las 5,30 horas, específicamente en la esquina de las calles Chiloé con Errázuriz, cuando dos ciudadanos de origen colombiano identificados como Dagoberto Portocarrero Obregón y Deymi Mosquera Cuero, en compañía de un chileno de nombre Francisco Segura Guajardo hicieron detener un taxi básico marca Chevrolet Optra, que era conducido por la víctima de iniciales J.C.C.M.
Al momento de abrir las puertas y subirse lo habrían hecho de manera violenta, para que una vez en el interior y ante la negativa del conductor a trasladarlos, Portocarrero sacara un arma a fogueo metálica con la apariencia de una pistola real, amenazándolo y manifestándole: “Ya. Vamos, vamos”, iniciando un trayecto que tenía como destino llegar hasta el local nocturno “Donde Guayo”, que era donde se dirigían los individuos.
En ese instante, el vehículo fue interceptado por un furgón de Carabineros, circunstancia en la cual Mosquera, que iba sentado en el asiento del copiloto le habría manifestado al chofer: “quédate callado o sino te vamos a encontrar y te vamos a matar”.
El personal policial fue alertado por la Central de Comunicaciones (Cenco) de Carabineros desplegándose por el sector y dando con la localización del móvil. Bajo este contexto, fueron detenidos los tres pasajeros y por instrucción del fiscal de turno, Sebastián González, fueron puestos a disposición de la justicia pasando al mediodía de ayer a la respectiva audiencia de control de detención en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas.
En dicha instancia, el representante del Ministerio Público relató los hechos antes descritos y formalizó la investigación respecto a un atípico delito que está contemplado en el Artículo 268 sexies del Código Penal, el cual señala: “los que mediante violencia o intimidación retuvieren o tomaren el control de un vehículo de transporte público de pasajeros serán sancionados con la pena de presidio mayor en su grado mínimo”.
Ante esto, el persecutor le solicitó al magistrado Juan Villa imponerles la medida de prisión, basándose principalmente en la declaración del taxista ante la policía, quien describió la violenta conducta de los individuos, a los que él les pidió que descendieran del móvil, momento en que uno de los colombianos lo apuntó con el arma de juguete, para luego de percatarse de la presencia policial dejar el objeto intimidante en la consola central del vehículo.
“En ese minuto, la voluntad de la víctima de continuar con su trabajo es reducida al arbitrio de las órdenes de estas tres personas que lo están intimidando en todo momento, apuntándole con un arma aparentemente de fuego”, dijo el fiscal.
También explicó que la cautela solicitada era necesaria porque la libertad de los imputados constituiría un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad, además de que es un delito que contempla una pena de crimen (de cinco a diez años de cárcel). Consideró igualmente el hecho de haber actuado en grupo o pandilla y que habría un peligro de fuga ya que las personas extranjeras no tienen arraigo en Magallanes.
Por otra parte, el defensor penal licitado Guillermo Ibacache se opuso a lo pedido, arguyendo que no habría ningún indicio de que el vehículo haya sido retenido o que sus representados hayan tomado el control de éste, precisando que el accionar de Carabineros paralizó todo este supuesto procedimiento que no se habría logrado concretar, por lo que no se daban las condiciones para considerar que el delito estaba cometido, abogando por otras medidas cautelares de menor intensidad.
Pese a lo anterior, y a que los dos jóvenes extranjeros renunciaron a su derecho de guardar silencio, manifestándole al juez de garantía su absoluta inocencia en la acusación y que todo había sido un malentendido, el magistrado Villa resolvió -después de casi 90 minutos de receso- conceder la petición de la Fiscalía, enviando a prisión a los tres individuos y decretando un plazo de 45 días para el cierre de la investigación.